miércoles, 15 de octubre de 2025

Familias de pescadores que viven de la pesca se ven afectados por estás nuevas nomás de veda: DINARA establece períodos de veda para la pesca comercial de tararira, bagre y pejerrey en la Laguna Merín y otras lagunas del Este.

Del 1 de octubre al 15 de diciembre y del 1 de noviembre al 31 de enero, según la laguna, queda prohibida la pesca comercial de tararira, bagre y pejerrey.

La Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (DINARA) estableció nuevas fechas de veda para la pesca comercial en la Laguna Merín, la Laguna de Castillos y otros cuerpos de agua del Este del país, con el objetivo de preservar los períodos de reproducción de especies clave y garantizar la conservación de los recursos pesqueros.

Según la Resolución N.º 302/025, la prohibición alcanza a la tararira, el bagre amarillo o pintado, el bagre negro y el pejerrey. En la Laguna Merín, la veda regirá anualmente del 1.º de octubre al 15 de diciembre. 

En las lagunas de Castillos, Rocha, Garzón, José Ignacio y sus tributarios, se extenderá del 1.º de noviembre al 31 de enero del año siguiente.

Durante estos períodos, quedará prohibida la pesca comercial de las especies mencionadas. DINARA exhortó a los pescadores artesanales y a las comunidades costeras a respetar las restricciones, subrayando que estas medidas son fundamentales para la sostenibilidad y el equilibrio de los ecosistemas acuáticos.

El comunicado oficial reafirma el compromiso institucional con una gestión responsable de los recursos acuáticos, orientada a preservar la biodiversidad y asegurar la continuidad de la actividad pesquera en condiciones sostenibles.

Rocha Portal

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