La medida redistribuyó funciones a la Suprema Corte de Justicia y otros organismos, marcando un hito en la consolidación de la separación de poderes en el país.
En junio de 1985, Uruguay tomó una decisión institucional de gran impacto la supresión del Ministerio de Justicia. La medida, establecida por la Ley 15.751 marcó un giro en la organización del Estado, y en la relación entre el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial.
El cierre del ministerio no fue inmediato ni sencillo. El Decreto 260/985 dispuso una asignación interina de competencias, mientras que el Decreto 407/985 organizó la redistribución definitiva.
Los cometidos pasaron a distintas órbitas la Suprema Corte de Justicia asumió funciones clave en materia de administración judicial, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo recibió atribuciones específicas, y el Poder Ejecutivo conservó algunas tareas administrativas y de enlace internacional.
La razón central fue clara garantizar la independencia del Poder Judicial. Se entendía que un ministerio bajo control del Ejecutivo podía comprometer la autonomía de la justicia.
Además, el reordenamiento buscaba cumplir con compromisos internacionales, que exigían una autoridad central para la cooperación jurídica, sin que ello implicara una subordinación política.
La supresión del Ministerio de Justicia significó también la redistribución de funcionarios hacia la Administración Central y otros organismos.
Fue un proceso complejo, pero considerado necesario para consolidar la separación de poderes en plena transición democrática.
Rocha Portal

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